Sos cliente de Alero
Avisanos a nosotros y nos encargamos: armamos la denuncia con la compañía, te decimos qué documentación hace falta y seguimos el expediente hasta el final. No tenés que pelearla con un 0800.
Lo primero es que estés bien. Si hay heridos, llamá al 107; si hay que denunciar un delito, al 911. El seguro puede esperar unos minutos; eso no.
Primero
El camino es distinto, y confundirlo hace perder tiempo justo cuando menos sobra.
Avisanos a nosotros y nos encargamos: armamos la denuncia con la compañía, te decimos qué documentación hace falta y seguimos el expediente hasta el final. No tenés que pelearla con un 0800.
Si el siniestro lo tuviste con un asegurado nuestro, el reclamo lo maneja directamente la compañía que emitió esa póliza. Pedile al otro conductor el número de póliza y la compañía: con eso podés iniciar el reclamo. Paso a paso, en la guía cómo reclamarle al seguro del otro conductor.
Lo más importante
La Ley de Seguros 17.418 dice, en su artículo 46, que el tomador «comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo».
Muchas guías hablan de «72 horas» y otras de días hábiles. La Ley de Seguros no lo aclara, y la regla general del Código Civil y Comercial (artículo 6) es contar los plazos en días completos y continuos, sin descontar los inhábiles, salvo que la ley o el contrato digan otra cosa. Algunas pólizas dan más margen, pero la lectura segura es la estricta. Por eso la recomendación es una sola: avisá el mismo día. No esperes a tener toda la documentación. Primero se denuncia, después se completa.
No es un trámite menor: según el artículo 47 de la misma ley, si no se denuncia a tiempo el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.
Tu póliza puede tener además plazos o requisitos propios. Si sos cliente nuestro, eso lo miramos nosotros. Y la compañía también tiene el suyo: debe pronunciarse dentro de los treinta días de recibir la información que pidió, y si no contesta, se considera aceptado (Ley 17.418, artículo 56).
3
días desde que lo conocés
Ley 17.418, art. 46
En el momento
Lo general sirve para casi todas las compañías. Los requisitos puntuales dependen de tu póliza, y esos los verificamos con vos.
Para agilizar
Nada de esto es excluyente: si te falta algo, avisanos igual y lo completamos después. Denunciar a tiempo importa más que denunciar completo.
Preguntas frecuentes
Respuestas cortas para el momento en que más hacen falta. El detalle de los plazos está en la guía de plazos para denunciar un siniestro.
Tres días desde que lo conocés, según el artículo 46 de la Ley de Seguros 17.418. Si no denunciás a tiempo podés perder el derecho a la indemnización (artículo 47). Por eso la regla práctica es avisar el mismo día, aunque todavía no tengas toda la documentación.
El reclamo se lo hacés a la compañía que asegura al otro vehículo: pedile al conductor el número de póliza y la compañía, sacá fotos y juntá los datos en el momento. El paso a paso está en la guía de cómo reclamar al seguro del otro. Si te trabás, escribinos y te orientamos igual.
Depende del siniestro, pero la base es siempre la misma: tus datos y el número de póliza, fecha, hora y lugar del hecho, fotos o video de los daños, datos del tercero si hubo uno y la denuncia policial en caso de robo. Si falta algo, denunciá igual: completar después es mejor que perder el plazo.
Sí. El artículo 56 de la Ley 17.418 le da treinta días para pronunciarse desde que recibe la información y documentación que pidió. Si no contesta en ese plazo, el siniestro se considera aceptado.
No conviene. Hacé sólo las reparaciones urgentes para que el daño no crezca, guardá los comprobantes y sacá fotos de todo antes. El resto espera a la inspección: un arreglo previo puede complicar la pericia.
A partir de ahí
Asistente virtual de Seguros Alero
Respuestas orientativas: lo que vale es tu póliza. Privacidad